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ALCANCES DEL TITULO DE ARQUITECTO

Las Incumbencias Profesionales indican la capacidad potencial que poseen los profesionales de una determinada especialidad, basándose en los conocimientos teóricos-prácticos adquiridos durante su formación de grado.

En el caso de los títulos otorgados por las Universidades Nacionales, Provinciales y Privadas, es la Dirección Nacional de Asuntos Universitarios del Ministerio de Cultura y Educación la que establece las responsabilidades y competencias para evitar confusiones que resulten perjudiciales para la sociedad en general.

En este sentido, según lo dispuesto en el Anexo Resolución Nº 133/87 y Anexo V / Resolución Nº 498-06 del Ministerio de Educación, los Arquitectos son competentes para diseñar, proyectar, dirigir y ejecutar la concreción de los espacios destinados al Hábitat Humano. Así como también estudiar y realizar investigaciones referidas al ordenamiento y planificación de los espacios tanto como la ocupación del espacio urbano y rural, entre otras tantas incumbencias.

El lunes 28 de mayo,  la Mesa Ejecutiva del CAPBA CS convocó a los Presidentes,

Delegados y Consejeros de los Distritos para interiorizarlos sobre las implicancias de la

Resolución Ministerial Nº  1254/18

Una vez concluida la exposición sobre la trascendencia  del texto de la citada resolución  y las estrategias futuras para aclarar los alcances definitivos de la misma, la Presidenta del CAPBA, 

Arq. Adela Martínez, propuso redactar un documento en conjunto,el cual fue rubricado por los Presidentes de los diez  Distritos. 

CONFRONTE

CARTA CONFRONTE NOTARIAL AL MINISTRO DE EDUCACION 7 DE JUNIO 2018

El CAPBA ha requerido formalmente al Ministerio de Educación de la Nación, la documentación que éste obligatoriamente debe suministrarle para poder entablar las acciones enderezadas a la defensa de los intereses de su matrícula. 

Se trata de un primer paso imprescindible para iniciar una lucha complicada, que seguramente será larga, y que no se satisface con meros escritos donde se realicen peticiones abstractas y bien intencionadas. 

En otras palabras, los pasos legales y plazos reglamentarios deben necesariamente cumplirse para tener chances concretas de revertir la nefasta situación creada.

El presente no es, obviamente, asunto de un día, ni puede maquillarse su gravedad tras actuaciones meramente declamativas. Más abajo, podrá acceder al documento protocolizado por notario que acredita lo actuado

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